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viernes, 12 de diciembre de 2014

IMPUESTOS

El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria (acreedor tributario).
Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la “potestad tributaria del Estado”, principalmente con el objetivo de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado “Capacidad Contributiva”, sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de la libertad.
Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc.
En ocasiones, en la base del establecimiento del impuesto se encuentran otras causas, como disuadir la compra de determinado producto (por ejemplo, tabaco) o fomentar o desalentar determinadas actividades económicas. De esta manera, se puede definir la figura tributaria como una exacción pecuniaria forzosa para los que están en el hecho imponible. La reglamentación de los impuestos se denomina sistema fiscal o fiscalidad.
TIPOS DE IMPUESTOS

Impuestos directos

Son aquellos que se aplican a la manifestación directa e inmediata de la capacidad económica del contribuyente: la obtención de un patrimonio que genere una renta. Estos impuestos gravan la riqueza en sí misma. Por ejemplo, impuestos sobre sucesiones.
También pueden abordarse como los que recaen directamente sobre las personas o empresas. Así tenemos que los impuestos sobre la renta, al enriquecimiento, o por concepto de trámites personales también son impuestos directos.

Impuestos indirectos

Son los que se generan por una manifestación indirecta de la capacidad económica: circulación de riqueza por actos de consumo o por transmisión. En estos casos se grava la utilización de la riqueza. Un ejemplo sería el IVA. Estos tributos se imponen a bienes y servicios.

Tipos de impuestos

Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), los impuestos se clasifican de la siguiente manera:
  • Impuestos sobre la renta (ISR): pagados por individuos y empresas
  • Contribuciones a la seguridad social: pagados por trabajadores, empresarios y ejercicios autónomos
  • Sobre la propiedad inmobiliaria
  • Sobre las riquezas netas
  • Sobre las herencias, sucesiones y donaciones
  • Sobre transacciones financieras y de capital
  • Impuestos no periódicos
  • Sobre bienes y servicios
  • Pagos exclusivos por transacciones de negocios
Hay además impuestos que establecen las diferentes legislaciones de los países según sus necesidades particulares:
  • Impuesto al valor agregado, IVA, cuyo monto cambia de un país a otro
  • Impuestos de circulación de vehículos, en algunos países depende de la cilindrada
  • Impuestos sobre hidrocarburos
  • Impuestos al alcohol
  • Impuestos al tabaco
  • Sobre diversas actividades económicas
  • Impuestos a la ganancia presunta
  • Impuestos a los depósitos en efectivo
  • Otros


El impuesto sobre el valor agregado o impuesto sobre el valor añadido es una carga fiscal sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor, aplicado en muchos países, y generalizado en la Unión Europea, conocido también por sus iniciales IVA.
El IVA es un impuesto indirecto; no es percibido por el fisco directamente del tributario sino por el vendedor en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o prestación de servicios). Los vendedores intermediarios tienen el derecho a reembolsarse el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal), deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo abonar el saldo al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el IVA sin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final e integrar copias de éstas a la contabilidad en una empresa.
TIPOS DE IVA

El IVA o Impuesto sobre el Valor Añadido es un impuesto indirecto que rige sobre las operaciones económicas que impliquen entregas de bienes o servicios, adquisiciones e importaciones. Pero debemos tomar en cuenta que existen tres tipos de IVA con valores diferentes.
El IVA superreducido es el impuesto que se aplica a los bienes de primera necesidad por un valor de 4%. El pan, la leche, los huevos, las frutas, entre otros bienes, son quienes se rigen por este impuesto. El IVA reducido se aplica sobre determinados productos específicos y es un impuesto del 10%.
Finalmente tenemos el IVA general, que es de 21%. Este tipo de impuesto se aplica en los casos no incluidos en los demás impuestos. Por ejemplo, tabaco, cosméticos, joyas, etc.
Estos son los tres tipos de IVA que rigen en el territorio español, de acuerdo a las últimas modificaciones elaboradas a partir de la crisis económica, y se prevé que se mantendrán inalterados a lo largo de todo el año 2013

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